Transacciones en materia de Derecho de Familia.

La transacción es un contrato que tiene por objeto poner fin a un litigio o precaver uno eventual, en otras palabras mediante esta institución del Derecho se busca llegar a una solución a un problema determinado evitando o poniendo fin a un juicio.

En materia de familia las partes pueden transigir en diversas materias. Si existe un ánimo colaborativo entre ambos padres la transacción puede recaer sobre el derecho de alimentos, el cuidado personal, la relación directa y regular y patria potestad. Debe tener presente que la transacción sobre alimentos futuros debe ser aprobada judicialmente.

Las partes pueden acordar a modo ejemplar el monto de la pensión de alimentos, fijar los días de visitas del padre o madre, acordar un cuidado personal compartido o patria potestad conjunta, entre otras materias.

Estos acuerdos deben constar en escritura pública y eventualmente dan fecha cierta al cese de convivencia si es que posteriormente los cónyuges desean divorciarse.

Si desea llegar a un acuerdo con su cónyuge mediante esta vía contáctenos y le asesoramos en la redacción y gestión de estos acuerdos.